Seguimos celebrando el Día Europeo de la Red Natura 2000 #natura2000day

AmbiNor_Natura2000day_200521Hoy 21 de mayo se celebra el día Europeo de la Red Natura 2000. Desde AmbiNor y como hemos hecho en todo momento, apoyamos y participamos en la iniciativa #natura2000day, convencidos que la sensibilizanción y difusión, se constituyen en herramientas para que los ciudadanos podamos concienciarnos de la importancia y riqueza de estos lugares, en los que la naturaleza y el ser humano siempre han ido y deben seguir yendo de la mano.

La ya conocida campaña bajo el lema “El simple aleteo de una mariposa puede cambiar el mundo”, hace un llamamiento para que los ciudadanos envíen una foto haciendo una mariposa con las manos a través de la web www.natura2000day.es o de las redes sociales con el hashtag #Natura2000Day.

Natura2000day

En mayo en el año 1992 y en esta misma fecha, 21 de mayo, fue aprobada la Directiva Europea de Hábitats. Esta la Directiva junto con la Directiva de Aves que fue aprobada con antelación (adoptada en 1979), conforman la base normativa de la Red Natura 2000.

Más de 27.800 espacios protegidos en la tierra y el mar y un millón de kilómetros cuadrados en toda Europa constituyen la Red Natura 2000, lo que no deja de ser la mayor apuesta de la Unión Europea para conservar las especies y hábitats más emblemáticos, pirámides de la conservación de la biodiversidad y siendo la mayor red de espacios protegidos del mundo.

  • La Directiva de Hábitats, que originó los LIC, Lugares de Importancia Comunitaria, lugares que albergan tipos de hábitats naturales o especies de singular valor que es necesario conservar. Los LIC pasan a llamarse ZEC, Zonas Especiales de Conservación, cuando tienen aprobado sus planes o instrumentos de gestión.
  • La Directiva de Aves, que dio lugar a las ZEPA, Zonas de Especial Protección para las Aves, son lugares que albergan especies de aves silvestres a conservar en el ámbito de la Unión Europea.

Toda la sociedad se beneficia de los valores de estos espacios. Según estudios de la Comisión Europea los espacios Red Natura 2000, además de fomentar y respaldar la conservación de la biodiversidad, proporcionan a los ciudadanos europeos servicios vitales tales como el almacenamiento de carbono, el mantenimiento de la calidad del aire y del agua o la protección frente a inundaciones o sequías, valorados entre 200.000 y 300.000 millones de euros al año.

 

En 2020, el Día Europeo Natura 2000 pone el foco en “los jóvenes y la naturaleza” con el objetivo de inspirarlos a comprometerse en la protección y restauración de la naturaleza. Dada la situación actual con COVID-19 en Europa, celebraremos este día especial en las redes sociales. ¡Utiliza el #Natura2000 o el #Natura2000Day y únete a nosotros allí!

 

Fuentes y enlaces:

 

¿Existe un premio a los mejores Planes de residuos? ¡Sí existe, y ha sido otorgado a AmbiNor!

Existe un premio a la redacción de los mejores planes de gestión y prevención de residuos, y AmbiNor ha sido la consultora galardonada en la edición 2019:

Best Waste Management Program Development – Spain

El premio, se enmarca en los “Recycling and Waste Management Awards 2019”, otorgados por BUILD Magazine, y es de ámbito internacional.

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Estamos especialmente orgullosos de él, porque el proceso por el que se otorga el galardón no admite la presentación de candidaturas, ni está sujeto a contraprestaciones económicas o de cualquier otro tipo: el equipo organizador investiga diferentes iniciativas, proyectos y desempeños de organizaciones públicas y privadas a las que eligen por destacar en el sector de los residuos; y otorgan las distinciones que componen el premio en base a un análisis independiente por parte de un jurado de 5 personas.

Los premios se entregarán en un evento en Reino Unido a mediados de 2020.

¿Y a qué se debe el reconocimiento en este caso? A una larga trayectoria en la redacción y tramitación de PLANES DE RESIDUOS del sector público, impuestos por las distintas normas que han regulado esta cuestión (básicamente Ley de Residuos en sus diferentes versiones), como mandato de la Unión Europea.

En los 18 años de historia de Ambinor hemos sido adjudicatarios de más de 30 contratos con esta temática, y hemos trabajado en unos planes que afectan en total a más de 30 millones de personas. Los más relevantes han sido los Planes Estratégicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y del Principado de Asturias (ver el post sobre el Plan Integral de Residuos de Castilla y León; y nuestro artículo “se aprueba el plan de residuos de Asturias”).

Este premio es un respaldo a una línea de actuación profesional y dilatada, que nos ha dado muchas satisfacciones: la principal de ellas, la del trabajo bien hecho.

Pero, siendo estos planes de residuos trascendentes, para nosotros no es más que la punta del iceberg de los casi 400 contratos de consultoría para el sector de los residuos, con los que hemos sido partícipes de la puesta en marcha de instalaciones con una capacidad total de gestión de 4 millones de toneladas anuales; así como estudios de viabilidad, apoyo en el desarrollo de normativa, búsqueda de emplazamientos y tecnologías de gestión, estudios sectoriales o declaraciones de subproducto. En resumen, una extensa carrera en la consultoría ambiental para el sector.

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Así que damos la bienvenida a este reconocimiento, y agradecemos a BUILD Magazine que nos lo haya otorgado. Pero, sobre todo, agradecemos a nuestros clientes su confianza, y al equipo de AmbiNor su desempeño profesional.

Castilla-La Mancha publica su nueva Ley de Economía Circular

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha publicado en su Boletín Oficial la Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de Economía Circular de Castilla- La Mancha .

Partiendo de las líneas de acción establecidas por la Comisión Europea en esta materia, Castilla-La Mancha publica esta Ley con objeto de incorporar al ordenamiento jurídico de la región los principios de economía circular, incentivando el crecimiento económico, la creación de empleo y la sostenibilidad en el consumo de recursos no renovables, luchando contra el cambio climático y avanzando hacia una economía hipocarbónica.

Esta ley define la economía circular como un modelo económico que se incluye en el marco del desarrollo sostenible y que optimiza el uso de los recursos naturales, cierra los ciclos de agua, energía y materia, minimiza los impactos ambientales, y fomenta la eficacia al conseguir que los productos y recursos mantengan su utilidad y valor el mayor tiempo posible, con el fin de cambiar los mecanismos de producción, distribución y consumo de bienes y servicios, reduciendo el consumo de materias primas, energía y recursos, y a su vez evitando emisiones y pérdidas materiales.

A través de esta norma se relatan los principios y objetivos de la economía circular en la región, así como las líneas generales de actuación resumidas en ocho postulados:

  • Regenerar y restaurar
  • Compartir e incrementar
  • Optimizar
  • Reciclar, reparar e incorporar
  • Virtualizar
  • Cambiar
  • Calcular los servicios ecosistémicos
  • Concienciar

A pesar de que se trata de un texto legal breve y conciso, esta Ley establece varios hitos relevantes:

  • Se establece un plazo máximo de 12 meses para la elaboración de una Estrategia de Economía Circular de Castilla-La Mancha.

Esta estrategia deberá establecer mecanismos de planificación y actuaciones definiendo el calendario de acciones previstas y los recursos necesarios procedentes preferentemente de fondos europeos y, adicionalmente, mecanismos de medición y evaluación mediante indicadores que desarrollen un seguimiento anual de las actuaciones que se implementen.

  • Se creará una Comisión de Coordinación y Colaboración en el mes siguiente a la entrada en vigor de la Ley, que estará compuesta por representantes de las Consejerías de la Administración de la Junta de Castilla-La Mancha cuyas competencias estén afectadas por el ámbito de la Estrategia, así como los representantes de los actores implicados (administraciones públicas, empresas y personas consumidoras y usuarias de bienes, productos y servicios tanto a nivel industrial como a través de sus organizaciones).

Esta Comisión se reunirá al menos una vez al año y estará adscrita a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

  • Asimismo, en el plazo de un año se deberá presentar una propuesta normativa del tributo por el que se grave el depósito de residuos industriales peligrosos, residuos industriales no peligrosos y residuos de construcción y demolición en vertedero, así como la reinversión de su recaudación en mejorar la gestión de residuos o en llevar a cabo actuaciones contempladas en la planificación en materia de residuos que se contemple en los postulados de la economía circular de Castilla-La Mancha.
  • También en el plazo de un año se deberán aprobar normas técnicas para la determinación de las cuantías de las fianzas que se deban constituir cuando así lo exija la normativa de gestión de residuos peligrosos u otros específicos, o bien la normativa que regula las operaciones de gestión y/o eliminación de residuos.
  • Por último, a través de la Disposición Final Cuarta se establece un plazo de dos años para la revisión de la normativa sectorial en el ámbito de aplicación de esta ley.

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De esta forma, esta Comunidad Autónoma promulga sus primeros pasos en la transición desde una economía lineal a una economía circular, que deberán ser desarrollados y concretados a través de los medios e instrumentos previstos en los plazos, cuanto menos optimistas, que se han propuesto.

Fuentes:

 

¿Cuándo se inicia el trámite de evaluación de impacto ambiental?

Calendario_Evaluación ImpactoEl trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria presenta una particularidad respecto a cuándo se considera su fecha de inicio, del cual no son conscientes muchos promotores en la planificación de la obtención de la autorización administrativa.

 

Desde la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se considera que la fecha de inicio del procedimiento se corresponde con el momento en el que el promotor presenta ante el órgano sustantivo una solicitud de impacto ambiental ordinaria acompañada de:

  • El documento técnico del proyecto
  • El estudio de impacto ambiental
  • Las alegaciones de informes recibidos en los trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

 

En ciertas ocasiones, por lo enrevesado del procedimiento, los promotores pueden entender erróneamente que se ha iniciado el trámite en el momento que presentan el Documento de Inicio al órgano sustantivo junto con la solicitud del Documento de Alcance del Estudio de Impacto Ambiental, o que se inicia cuando presentan el Estudio de Impacto Ambiental al órgano sustantivo para que lo someta a información pública y consultas. Pero todas estas acciones se consideran acciones previas al inicio del procedimiento.

Por todo ello, una vez finalizado el trámite de información pública y de consultas a la administración del Estudio de Impacto Ambiental. El promotor debe presentar al órgano sustantivo la solicitud de inicio del trámite de impacto ambiental ordinaria. Esta es la fecha efectiva de inicio del procedimiento.

En la práctica, hemos comprobado como de forma habitual algunos órganos sustantivos remiten de oficio todo el expediente del Estudio de Impacto Ambiental (Estudio de impacto, resultados de la información pública y documento técnico de proyecto) al órgano ambiental, de modo que no queda clara conforme al procedimiento cuál es la fecha de inicio del procedimiento, acaso podría tomarse como fecha de inicio, la fecha de recepción del expediente por parte del órgano ambiental, pero en cualquier caso no se estaría cumpliendo el procedimiento conforme a la ley.

 

¿Y es realmente importante contar con una solicitud correctamente realizada y conforme al procedimiento?

La respuesta es sí, primero porque el proceso cuente con seguridad jurídica y no pueda poner en riesgo el proyecto a posteriori por defecto de forma en el procedimiento ante la alegación de terceros, ya que oficialmente no estaría iniciado el procedimiento si no ha existido ninguna solicitud de inicio del procedimiento.

Segundo porque el promotor conoce la fecha de inicio del procedimiento y por tanto la fecha máxima de resolución del órgano ambiental para emitir la DIA (4 meses prorrogable a 6).

Y tercero porque en caso de aparición de nuevas disposiciones, como ha sido el caso de la modificación de la Ley de evaluación ambiental 21/2013, de 9 de diciembre conforme a la Ley 9/2018 de 6 de diciembre, se puede saber sin margen de error si le aplican o no las modificaciones introducidas por la nueva legislación.

 

En Ambinor acompañamos a nuestros clientes en la tramitación ambiental de los proyectos, más allá de la mera redacción de documentos técnicos, prestando asesoramiento en el modo correcto de afrontar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Celebramos el Día Europeo de la Red Natura 2000 #natura2000day.

AmbiNor_Natura2000day_2019Hoy 21 de mayo se celebra el día Europeo de la Red Natura 2000. Como venimos haciendo desde el inicio de las campañas, desde AmbiNor  apoyamos y participamos en la iniciativa #natura2000day, con la convicción de que su difusión y puesta en común, contribuye a que los europeos podamos tomar conciencia de la importancia y riqueza de estos lugares, en los que la naturaleza y el ser humano han ido y siguen yendo de la mano.

En esta misma fecha de 21 de mayo en el año 1992 se aprobó la Directiva Europea de Hábitats. Esta la Directiva junto con la Directiva de Aves que fue aprobada en 1979, constituyen la base de la Red Natura 2000.

La Red Natura 2000 la forman más de 27.000 espacios protegidos y un millón de kilómetros cuadrados en toda Europa, la mayor apuesta de la Unión Europea para conservar nuestras especies y hábitats más emblemáticos, claves para la conservación de nuestra biodiversidad.

  • La Directiva de Hábitats, que originó los LIC, Lugares de Importancia Comunitaria, lugares que albergan tipos de hábitats naturales o especies de singular valor que es necesario conservar. Los LIC pasan a llamarse ZEC, Zonas Especiales de Conservación, cuando tienen aprobado sus planes o instrumentos de gestión.
  • La Directiva de Aves, que dio lugar a las ZEPA, Zonas de Especial Protección para las Aves, son lugares que albergan especies de aves silvestres a conservar en el ámbito de la Unión Europea.

La ya conocida campaña bajo el lema “El simple aleteo de una mariposa puede cambiar el mundo”, hace un llamamiento para que los ciudadanos envíen una foto haciendo una mariposa con las manos a través de la web www.natura2000day.eu o de las redes sociales con el hashtag #Natura2000Day.

 

Toda la sociedad se beneficia de los valores de estos espacios. Según estudios de la Comisión Europea los espacios Red Natura 2000 proporcionan a los ciudadanos europeos servicios vitales como el almacenamiento de carbono, el mantenimiento de la calidad del aire y del agua o la protección frente a inundaciones o sequías, valorados entre 200.000 y 300.000 millones de euros al año.

 

El proyecto español Life Activa Red Natura 2000, desarrollado desde 2012 a 2017 por SEO/BirdLife y EFEverde, como iniciativa consistente en la recogida de apoyos populares a través de fotografías con las manos en un gesto que simulaba una mariposa y que resultó premiada en 2015 con el Premio Ciudadano, y galardonada en la categoría Comunicación de los Premios Natura 2000, con los que la Comisión Europea (CE) reconoce las mejores iniciativas financiadas por el programa Life en favor de la mayor red de espacios protegidos del mundo.

 

Fuentes y enlaces:

http://www.natura2000day.eu/

http://www.natura2000day.eu/dia-europeo/

http://www.natura2000day.eu/red-natura-2000/

http://www.activarednatura2000.org

 

Declaración Responsable de Grandes Consumidores energéticos del País Vasco. Requisitos a cumplir por los sectores industriales y de servicios antes del 28 de mayo de 2019

Grandes consumidores energéticosRespecto a los Grandes Consumidores Energéticos, el viernes 28 de febrero se publicó la LEY 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, que tiene por objeto el establecimiento de la política energética y de los pilares normativos de la sostenibilidad energética en los ámbitos de las administraciones públicas vascas y del sector privado, articulando los deberes y obligaciones básicos que unas y otros deben cumplir y que se orientan fundamentalmente al impulso de medidas de ahorro y eficiencia energética, y de promoción e implantación de energías renovables

A falta de desarrollo reglamentario, la Ley contiene medidas de aplicación directas que es preciso atender antes del 28 de mayo de 2019: la disposición Final Cuarta establece que, antes de esa fecha, los establecimientos industriales, los del sector servicios y las empresas de transporte privado de mercancías y pasajeros afectados por la Norma, deben presentar una declaración responsable de grandes consumidores, de forma telemática, en el Gobierno Vasco. En ella, deberán indicar el grupo y la tipología en los que se encuadran, de acuerdo, a las determinaciones que contiene la Norma.

Los establecimientos industriales vascos afectados por la norma son (art.29)

  • Los que de acuerdo con su CNAE 2009 se encuadran en alguna de las siguientes actividades:
    • Grupo B: Industrias extractivas.
    • Grupo C: Industria manufacturera.
    • Grupo D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
    • Grupo E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
    • Grupo F: Construcción.
  • Los que tengan un consumo energético final superior a 500 toneladas equivalentes de petróleo (tep) anuales

Las actividades anteriores se clasificarán, en función de su consumo anual, en:

  • Tipo I1: grandes empresas, grandes industrias de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, o en la normativa que lo sustituya.
  • Tipo I2: quedarían incluidas en este colectivo todas aquellas empresas que no pertenezcan al tipo I1 y cuyo consumo energético total anual a la entrada en vigor de esta ley sea mayor a 500 toneladas equivalentes de petróleo (tep).

Los establecimientos del Sector Servicios Privados y Comercio vascos afectados por la norma son (art.35)

  • Los que de acuerdo con su CNAE 2009 se encuadran en alguna de las siguientes actividades:
    • Grupo G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas.
    • Grupo I: Hostelería.
    • Grupo J: Información y comunicaciones.
    • Grupo K: Actividades financieras y de seguros.
    • Grupo L: Actividades inmobiliarias.
    • Grupo M: Actividades profesionales, científicas y técnicas.
    • Grupo P: Educación
    • Grupo Q: Actividades sanitarias y de servicios sociales.
    • Grupo R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
    • Grupo S: Otros servicios.

Las actividades anteriores se clasificarán, en función de su consumo anual, en:

  • Tipo S1: grandes empresas de servicios de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, o en la norma que lo sustituya.
  • Tipo S2: quedarían incluidas en este colectivo todas aquellas empresas que no pertenezcan al tipo S1 y estén integradas dentro de los subsectores hotelero, polideportivos-gimnasios privados, grandes superficie y edificios de oficinas (al margen de las ya recogidas en la tipología S1), y cuyo consumo energético total anual a la entrada en vigor de esta ley sea mayor a 40 toneladas equivalentes de petróleo (tep).

Con la finalidad de establecer el consumo energético total anual de un establecimiento, a la entrada en vigor de la ley se promediará el consumo anual de los últimos tres años.

El estado de información no financiera consolidado

información no financiera

Las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores deberán incluir a las cuentas anuales consolidadas el estado de información no financiera.

 
El 30 de diciembre de 2018 entró en vigor la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

 
Esta Ley incorpora al Derecho español la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos y tiene como objetivo identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general y para ello incrementa la divulgación de información no financiera, como pueden ser los factores sociales y medioambientales.

 
En aplicación de la Ley, el estado de información no financiera consolidado incluirá la información necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación del grupo, y el impacto de su actividad respecto, al menos, a cuestiones medioambientales y sociales, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal, incluidas las medidas que, en su caso, se hayan adoptado para favorecer el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, la no discriminación e inclusión de las personas con discapacidad y la accesibilidad universal.

 
En lo que se refiere a las cuestiones medioambientales, el estado de información no financiera incluirá información detallada sobre los efectos actuales y previsibles de las actividades de la empresa en el medio ambiente y en su caso, la salud y la seguridad, los procedimientos de evaluación o certificación ambiental; los recursos dedicados a la prevención de riesgos ambientales; la aplicación del principio de precaución, la cantidad de provisiones y garantías para riesgos ambientales. Más concretamente, deberá, incluir información relativa a las medidas adoptadas para prevenir, reducir o reparar las emisiones de carbono, ruido y contaminación lumínica, las medidas de economía circular y prevención y gestión de residuos (prevención, reciclaje, recuperación…), medidas para el uso sostenible de los recursos (consumo de agua, de materias primas y de energía), medidas adoptadas para reducir las emisiones de gases efecto invernadero y medidas adoptadas para adaptarse a las consecuencias del cambio climático y, por último, medidas para proteger la biodiversidad.

LAS CINCUENTA SOMBRAS DE LA ECONOMÍA CIRCULAR. (En realidad, alguna menos….)

1902_Economía Circular_50sombras1Hace unos días escribíamos un post sobre Economía Circular, a raíz de un Workshop organizado pajo el paraguas de EREK: Competir en una economía más circular y eficiente en el uso de los recursos. Tras la dosis de optimismo y posibilismo que nos inyectó la jornada –y volcamos en el post-, nos comprometimos a hablar otro día de las “las cincuenta sombras de la Economía Circular” (en realidad alguna menos), por aquello de ejercer el hispano deporte nacional de ver siempre el lado oscuro de las cosas. Y porque ese lado existe.

 

PARA EMPEZAR, HABLEMOS DE POLÍTICAS MEDIOAMBIENTALES.

En la reunión citada la Viceconsejera de Medio Ambiente del País Vasco habló de éxitos y fracasos de estas políticas en la región, para reconocer que quizá el más importante de los primeros había sido la continuidad de las políticas ambientales en los últimos 20 años, con independencia de gobiernos y modas. Y –en nuestra humilde opinión- tiene toda la razón… lo que pasa que eso se circunscribe al País Vasco y quizá a Cataluña, no mucho más allá.

Y es que, más allá de algún que otro voluntarioso instrumento de planificación, ¿alguien considera que el Estado ha hecho gala de esa continuidad, al menos en asuntos como el que nos trae a este post hoy: el de la integración de economía, sostenibilidad y empresa (o el de la Economía Circular, por ponerlo en términos más actuales)? Y ¿alguien sabe de alguna otra Comunidad Autónoma con una realidad similar en este campo?

 

LA NORMATIVA ES UNA BARRERA PARA LA ECONOMÍA CIRCULAR

Otra de las reflexiones que nos hicimos al escuchar algunas de las iniciativas de empresas en pos de la Economía Circular, fue: ¿y cómo han resuelto administrativamente esas iniciativas?

No es asunto baladí: la Ley de Residuos de 2011, trasponiendo principios de la correspondiente Directiva europea, vino a reconocer los conceptos de “subproducto” y “fin de condición de residuo”, que en el fondo son las dos únicas vías (la primera para industrias y la segunda para gestores de residuos) que permiten reintroducir materiales recuperados mediante procesos de reciclado en la economía productiva.

La cuestión es que se cuentan con los dedos de dos manos las “declaraciones de subproducto” aprobadas por el Ministerio en todos estos años; y con los de una mano los reglamentos u órdenes ministeriales de Fin de Condición de Residuo vigentes. Entonces ¿cómo hace el resto de empresas que usan recursos secundarios, para hacerlo dentro de la legalidad? Me temo que la respuesta es que lo hacen “de espaldas al maestro”; es decir: todo el mundo (particularmente las administraciones) sabe que sería preciso alguno de los citados trámites o figuras, peo mira para otro lado.

El Paquete de Economía Circular de la CE reconoce la necesidad de impulsar estas figuras de subproducto y FcR, pero de momento se queda en una intención, lo que está limitando significativamente el desarrollo de numerosos esfuerzos por el aprovechamiento de materiales. (Un día de estos escribiremos sobre un par de ejemplos sangrantes de esto que contamos).

 

¿QUÉ VA A PASAR CON EL EMPLEO EN LA “CIRCULARIZACIÓN” DE LA ECONOMÍA?

Pero sigamos adelante con otra de las sombras que dan título al post.

Un asunto tangencial que todo el mundo menciona –y casi nadie analiza- del efecto de transformación de la economía hacia la circularidad, es de la creación de empleo verde. Según un informe de COTEC, 580.000 empleos en Europa: ahí es nada.

Pero analizando ese y otros estudios parece que se puede concluir que se habla de “empleos brutos”, no netos. Es decir, que no se descuentan los empleos que se destruyen o transforman.

Una de las empresas del evento, manufacturera, mostró sus éxitos en el desarrollo de la Economía Circular. Pero también apuntó los enormes retos que quedaban por sortear, al iniciarse en el proceso de “servitización de sus productos”: básicamente pasar de vender maquinaria nueva a alquilar maquinaria (pago por uso”, o reacondicionar maquinaria usada. No entró en muchos detalles pero creo que le comprendimos: ¿qué efecto tendrá la disminución de ventas de producto nuevo sobre la cuenta de resultados de la empresa? ¿Y sobre el empleo vinculado?

El incremento de la reutilización de productos al final de su (primera) vida útil creará mano de obra en el sector de la reparación por ejemplo. Pero quizá a costa de reducir empleo en el de la fabricación de esos mismos bienes.

La Economía Circular supone una transición imparable –o eso esperamos todos- pero habrá que ocuparse de que también sea una transición justa, responsable y gradual. Es decir: sostenible.

 

Y llegados a este punto me diréis: “bueno, ¡no has expuesto más que tres sombras, y habías prometido cincuenta!). Tiempo al tiempo….

 

Fuente de la imagen:  <a href=”https://www.freepik.es/fotos-vectores-gratis/verde“>Vector de verde creado por dooder – www.freepik.es>

La Economía Circular ha venido para quedarse, y es un hecho que va a influir en el modelo económico de los países avanzados los próximos 20 años.

Economía Circular _Erek_190414_0Hoy hemos asistido a un evento: enormemente interesante sobre Economía Circular, organizado por Ihobe, MITECO, el Club de Excelencia en Sostenibilidad y EREK, entre otros: “Competir en una economía más circular y eficiente en el uso de los recursos”

Y es interesante, por la elevada concentración de conocimiento allí presente, y sobre todo, porque se ha puesto de manifiesto la cada vez más universal presencia del concepto “economía circular” en el sector productivo europeo. Me aventuraría a decir que la Economía Circular (EC), al igual que en su momento la sostenibilidad, no es una moda, sino que ha venido para quedarse. Y reconforta ver que eso, que es un una impresión personal (y de muchos otros que estamos en el sector de la consultoría), es en realidad un hecho de avance imparable.

 

LA ECONOMÍA CIRCULAR, MUCHO MÁS ALLÁ DEL RECICLAJE

Economía Circular EREK_190214_1En su versión más sencilla, la EC se utiliza para hablar de reciclaje de residuos: de dar una segunda (o tercera o cuarta…) vida a los materiales. Pero más allá de esa visión (evidentemente real e importante, pero muy limitada), la EC es un cambio de paradigma. Y los ponentes (y muchos de los asistentes) del evento, así lo han demostrado.

Ver cómo empresas como Iberdrola apuestan por la descarbonización de la economía (que también es EC), y lo hacen desde hace unos cuantos años, es emocionante. Ver que sectores tan diversos como el cementero o el de la industria química o la de pilas y baterías –por mencionar algunas-, y en tamaños de empresa entre 20 y 10.000 trabajadores, están apostando por la EC, estimula la necesidad de difundir estas iniciativas. Percatarse de que empresas como EDP, Naturgy, Mahou o Toyota, envían a algunos de sus activos humanos más valiosos a informarse y compartir ideas en foros como este, es gratificante. Y reconocer –una vez más- que entidades públicas como Ihobe siguen el camino de la EC (con unos u otros nombres) desde hace 20 años, nos reconcilia con la Administración.

En las experiencias mostradas en el “workshop” se ha hablado de materiales y su mantenimiento en el ciclo productivo, sí. Pero también de beneficios económicos, de sostenibilidad, de empleo verde, de reducción de la peligrosidad de los productos puestos en el mercado, o del impacto de la EC en el largo plazo y en regiones muy lejanas de Europa; por citar solo algunos conceptos. Es decir, se ha reconocido que la EC es transversal, y que muy distintas áreas del conocimiento y la gestión (no solo las ambientales) así lo han reconocido, y la asumen como algo propio.

Economía Circular EREK_190214-2En este sentido, oír hablar –con mucho conocimiento de causa, por cierto- a responsables de política industrial del Estado y de la UE, es esperanzador: por fin aspectos “ambientales” (¿ambientales?) de la producción y la economía rompen el techo de cristal del sector para adentrarse en las políticas decisorias de nuestros gobernantes: las que tienen que ver con el modelo productivo o los resultados económicos y la pervivencia a largo plazo de la economía europea (y mundial).

Así que sí, lo reconozco: hemos salido de este intenso seminario con un buen “subidón”.

Mañana, cuando se nos pase, hablaremos de las “50 sombras de la Economía Circular”, y volveremos a poner los pies sobre el suelo. Pero entretanto disfrutamos y compartimos que la EC ha venido para quedarse.

 

Las ponencias estarán próximamente disponibles en: www.resourceefficient.eu